El día de ayer 04 de Mayo, las Empresas Municipales de Cali "EMCALI", emitió la resolución 1000002312020 "por medio de la cual se establecen medidas transitorias de alivio con ocasión de la emergencia económica, social y ecológica decretada por el Gobierno Nacional, para los servicios públicos domiciliarios prestados por EMCALI EICE ESP".
En la resolución informa las medidas a adoptar e implementar de carácter EXCEPCIONAL, para el pago de los servicios públicos domiciliarios de energía, acueducto y alcantarillado para los periodos de facturación de MAYO y JUNIO del año 2020.
En la tabla se observa que para el estrato 4, las facturas de estos dos meses se pueden diferir hasta en 12 o 24 meses, con una tasa de interés de 0% y 3% Efectivo Anual respectivamente.
Para los estratos 1 a 4 se entenderá que el usuario se acoge al diferido automático, cuando no pague la factura de los meses de mayo y/o junio de 2020, dentro de los tres (3) días hábiles después de la fecha de vencimiento, sin perjuicio de solicitar a través de los canales de atención la modificación de las condiciones aplicadas, a su elección y dentro de los limites del marco regulatorio.
EMCALI se abstendrá de efectuar la suspension y/o corte de los servicios por falta de pago, para los suscriptores y/o de la tarifa residencial estratos 1 a 4, hasta por dos (2) meses después de levantada la emergencia sanitaria por parte del Ministerio de Salud.
A continuación encontrara el documento de la resolución 1000002312020 por parte de EMCALI EICE ESP.
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